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- MediaciónEl próximo 21 de enero de 2026 se celebra, como cada año, el Día Europeo de la Mediación, fecha en la cual se conmemora la aprobación del primer texto legislativo sobre mediación existente al continente Europeo: la Recomendación R (98) 1, sobre Mediación Familiar, aprobada por el Comité de Ministros del Consejo de Europa el 21 de enero de 1998.
Con motivo de esta celebración, el Colegio de la Abogacía de Sabadell ha programado para el miércoles 21 de enero, entre las 10 y las 13 horas, una JORNADA DE PUERTAS ABIERTAS SOBRE MEDIACIÓN y ADR, dirigida a la ciudadanía, que tendrá lugar en el Servicio de Orientación a la Mediación, situado para la ocasión en la delegación colegial de los Juzgados de Sabadell (Eix Macià), y en la cual diferentes profesionales de la mediación ofrecerán, de manera gratuita, sesiones informativas a todos aquellos ciudadanos y ciudadanas que se interesen por las vías alternativas de resolución de conflictos y quieran conocer mejor las ventajas de este Servicio que el Colegio ya presta habitualmente tanto en Sabadell como Cerdanyola. También se podrá recibir información en relación con otras MASC -medios adecuados de solución de conflictos- (conciliación, etc.), previstos en la LO 1/2025 como requisito de procedibilitat en el ámbito civil.
Desde que se aprobó el primer texto europeo referido a la Mediación, esta se ha revelado como un medio idóneo para resolver muchos conflictos de manera consensuada, especialmente los familiares, dando preponderancia a las personas para que sean ellas mismas las que puedan buscar soluciones en las cuestiones que las enfrentan.
Con la reciente entrada en vigor (abril 2025) del Título II de la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del servicio público de Justicia, tanto la mediación como otras MASC’s son herramientas al alcance de las personas en conflicto (y de sus abogados) que permiten, no solo el intento de una solución consensuada de la controversia, sino también cumplir con el requisito previo de procedibilitat en el supuesto de que no se llegue a un acuerdo y haya que interponer posteriormente demanda judicial.
MEDIACIÓN Y ADR
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