La solicitud de letrado del Turno de Oficio se puede realizar en cualquiera de las especialidades o ramas del derecho -civil, familia, penalti, contencioso-administrativo y laboral- y en cualquiera de las jurisdicciones existentes. Hay que tener en cuenta, no obstante, que la actuación en un procedimiento judicial sólo se dará en aquellos casos en que la intervención del abogado sea preceptiva o necesaria, según la normativa vigente.
Esta defensa se concreta en lo siguiente:
Dentro del ámbito penal, el servicio de asistencia al detenido garantiza que se cumpla de la función de asistir a aquellos ciudadanos que han sido detenidos policial o judicialmente y que no designen un letrado particular o que lo pidan expresamente, garantizando de este modo el derecho a la defiende letrada.