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Comunicado del ICASBD en relación a la actuación letrada en el “Juicio de la Manada de Sabadell”



Comunicado del ICASBD en relación a la actuación letrada en el “Juicio de la Manada de Sabadell”
13/04/2021


A la vista de diferentes informaciones y manifestaciones vertidas en relación a la actuación letrada en el denominado “Juicio de la Manada de Sabadell”, que han dado pie a una campaña de difamación y escarnio en redes sociales contra una Abogada miembro de esta Corporación, el Ilustre Colegio de la Abogacía de Sabadell (ICASBD) desea manifestar lo siguiente:

El Derecho de Defensa, entendido como pilar fundamental de nuestro sistema jurídico, así como los principios que lo consagran, entre ellos el de libertad e independencia en su ejercicio y dirección, constituyen uno de los pilares básicos de nuestro Estado de Derecho. En base a este principio toda persona tiene garantizada y debe aspirar a ser juzgada con todas las garantías. El mismo es ejercido por las letradas y letrados que intervienen en el proceso y que, en casos como el presente, han sido designadas/os de oficio y, en consecuencia, no han escogido libremente a las personas a las que defienden.

En relación a las alusiones sobre el interrogatorio de la víctima y su posible revictimización, es justo recordar que la única forma de enjuiciar unos presuntos hechos delictivos como los del presente asunto, al margen de otro tipo de actividad probatoria, pasa por el necesario interrogatorio a la víctima, preguntando a ésta por los hechos y cómo ocurrieron. En ello se fundamenta el llamado principio de contradicción, que rige en el proceso penal, y conforme al cual toda persona tiene derecho a confrontar la prueba o pruebas de cargo que se presentan contra ella en juicio.

Los límites a estos principios corresponde establecerlos al Juez o Tribunal encargado de la causa y que, como se ha puesto de manifiesto en los medios de comunicación, han venido siendo impuestos adecuadamente por el juzgador cuando éste ha considerado que se excedían los mínimos aceptables. 

No hay que olvidar que es precisamente el respeto a estos principios lo que nos permite hablar de un sistema de justicia y de unas resoluciones o sentencias dictadas con todas las garantías, sin que pueda ni deba tolerarse en un Estado de Derecho como el nuestro la condena de personas o la crítica por la actuación de los profesionales que asumen su defensa, mediante juicios de opinión paralelos o procesos en los que se desconocen o no respetan tales garantías. 

Por último, expresar todo nuestro apoyo a la compañera agraviada, así como al libre ejercicio de la defensa letrada en éste y en todos los procedimientos judiciales.

LA JUNTA DE GOBIERNO





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