Os recordamos que el uso del logotipo institucional del ICASBD está reservado, de manera exclusiva y excluyente, a la Corporación y, por lo tanto, no puede ser utilizado por ningún despacho, profesional ni sociedad para finalidades publicitarias o profesionales propias, de acuerdo con lo que establecen el artículo 37 de la Normativa de l'Advocacia Catalana, el artículo 20.2, f) de la Estatuto General de la Abogacía Española y, a todos los efectos, el artículo 34 de la Ley de marcas.
Teniendo en cuenta esta prohibición, os recordamos también que el ICASBD pone a vuestra disposición un logotipo alternativo diseñado para identificaros como miembros de nuestro colectivo, ya sea con fines publicitarias o para su uso en la papelería profesional, página web, tarjetas o cualquier apoyo identificativo personal. Si estáis interesados/as en usarlo, podéis solicitar información en la Secretaría Técnica (secretaritecnic@icasbd.org).
Cordialmente,
LA JUNTA DE GOBIERNO