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Registro de abogados/as de derecho colaborativo privados icasbd



Registro de abogados/as de derecho colaborativo privados icasbd
17/02/2026


Os informamos que la Junta de Gobierno del ICASBD, con el objetivo de dar respuesta a las solicitudes de abogado/da especialista en derecho colaborativo para asuntos privados (aquellos en que las partes no tienen derecho a la Justicia Gratuita) que tengan entrada en el Colegio, de acuerdo con la LO 1/2025, acordó, en sesión del 11 de febrero de 2026, la creación de un Registro de abogados/as de derecho colaborativo privados del ICASBD.

Requisitos para incorporarse a este Registro:

a) Ser abogado/da ejerciente del ICASBD.

b) No estar afectado/da por ninguna condena o sanción disciplinaria que lo inhabilite para actuar como abogado/da.

c) Tener concertado un seguro de responsabilidad civil que cubra su actividad profesional como abogado/da. Quien no tenga contratada la póliza colectiva de RC del ICASBD, tendrá que adjuntar un certificado conforme está expresamente cubierto por otra póliza.

d) Acreditar la superación de una formación específica que lo habilite para actuar como abogado/da experto/a en derecho colaborativo.

El mencionado Registro, que será gestionado por la Comisión de Mediación y ADR del ICASBD, se irá actualizando trimestralmente, de acuerdo con las altas y bajas que se  vayan produciendo.

En cuanto al nombramiento del abogado/da colaborativo/va para cada petición concreta que tenga entrada, se realizará de acuerdo con el protocolo siguiente:

- Cuando llegue al Centro de Mediación y ADR de la ICASBD una solicitud de abogado/da colaborativo/va para intervenir en un asunto privado, se ofrecerá a la/las persona/nes interesada/des (o sus abogados/des) dos posibilidades:

a) Que sea el/la mismo interesado/da quien escoja libremente el/la profesional de entre los que  consten inscritos/se en el Registro del ICASBD.

b) Que sea el ICASBD quién proponga el abogado/da colaborativo/va. En este caso, el Centro asignará el/la profesional a partir del listado actualizado de profesionales incorporados/des al Registro, y siguiendo un estricto orden alfabético. 

- En  Los 2 casos el Centro lo comunicará de inmediato al abogado/da colaborativo asignado/da para que manifieste, en el plazo de los 2 días hábiles siguientes, si acepta o rechaza encargarse del asunto.

Todo el que cumpla los requisitos anteriores y que  esté interesado/da, puede solicitar su inscripción en este Registro, enviando un correo electrónico a la dirección  mediacio@icasbd.org.

Cordialmente,

COMISIÓN DE MEDIACIÓN Y ADR





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