09/11/2023
Por la presente os recordamos que para el presente 2023 el ICASBD ha renovado la póliza colectiva de responsabilidad civil profesional que, como sabéis, tiene subscrita desde diciembre de 2020 con la compañía AXA, a través de la Correduría Santasusana. Podéis consultar las condiciones generales y especiales de la póliza renovada a través del Área Privada de la web colegial.
Os informamos sobre algunas de las cuestiones principales de la póliza:
- Las condiciones generales y particulares son las mismas que las de 2022, sin ninguna novedad a destacar.
- El efecto del seguro se extiende hasta el 31 de diciembre de 2025.
- Los límites de cobertura por siniestro, asegurado y año tampoco han variado:
- Persona Física: 1.400.000 euros.
- Persona Jurídica (Sociedad Profesional): 1.000.000 euros.
- Las sociedades profesionales de abogados (hasta 20 socios) inscritas al Registro de SP del ICASBD, integradas por colegiados/as el ICASBD ya cubiertos por la póliza a título individual, quedan cubiertas (hasta 1.000.000 de euros por siniestro y año), siempre que sean unidisciplinars (objeto social: actividad propia de la Abogacía).
- Los límites de cobertura de las sociedades profesionales no son acumulativos con los límites individuales de los colegiados/des asegurados por la póliza a título individual.
- Restan expresamente cubiertas las siguientes actividades desarrolladas por el abogado/da asegurado:
- Administración Concursal (según la Ley 2/2003, concursal): En concursos iniciados después del 1 de enero de 2012 > hasta 300.000 euros por siniestro/año, con una franquicia de 3.000 euros por siniestro.
- Mediación concursal.
- Mediación civil y mercantil (conforme a la Ley 5/2012).
- Administración de Fincas.
- Asesoramiento jurídico inmobiliario.
- Arbitrajes.
- Asesoramiento fiscal y contable.
- Contador-partidor.
- Asesoramiento laboral.
- Firma electrónica.
- Lexnet.
- Prevención blanqueo de capitales.
- Protección de datos.
Nota: Podéis consultar el detalle de las coberturas y otras garantías adicionales en los artículos 4 y 5 de la póliza (condiciones especiales).
- No será de aplicación ninguna franquicia, excepto para las actividades de fiscal, laboral y administración de fincas, que tendrán una franquicia de 600 euros por siniestro, y en reclamaciones sobre protección de datos (15% del importe de la reclamación).
- La prima anual por colegiado/da en este 2023 es de 368,60 euros (que, como sabeo, cargaremos en 2 recibos: el primero a partir del 13 de marzo, por importe de 184,30€, tal y como os informábamos hace unos días, y el segundo en junio).
- Se mantiene la cuota reducida durante 2 anualidades para los nuevos colegiados/des (1.ª colegiación como ejercientes), siempre que formalicen el alta colegial dentro de los 6 meses posteriores a la obtención del título de abogado.
Si tenéis cualquier duda o necesitáis información más amplia, podéis dirigir vuestras consultas y/o presentar vuestros siniestros a:
Correduría de seguros Santasusana / Teléfono: 93 872 12 66
C. e.: santasusana@santasusana.com
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