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Beneficios fiscales para explotaciones agrarias en los impuestos sobre sucesiones y donaciones



Beneficios fiscales para explotaciones agrarias en los impuestos sobre sucesiones y donaciones
04/12/2025


Os informamos que el 1 de diciembre del 2025 han entrado en vigor las medidas fiscales para explotaciones agrarias en el ámbito del impuesto sobre sucesiones y donaciones y del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, aprobadas por el Decreto Ley 21/2025, de 14 de octubre, de medidas urgentes de apoyo al sector agrario y forestal, las cuales comportan una serie de beneficios fiscales para este sector.

En concreto, los beneficios fiscales introducidos son los siguientes:

- Impuesto sobre sucesiones y donaciones: 

    En sucesiones, se amplía el alcance de la actual reducción del 95% para los bienes afectos a la explotación agraria del causahabiente, que en el texto legislativo se pasa a denominar “reducción por adquisición de explotación agraria” (código de reducción: EH). Esta reducción es del 99% para los jóvenes agricultores (código de reducción: jA).

    En cuanto a donaciones, se  introduce la reducción del 95% por la donación de explotación agraria (código de reducción: EH). Esta reducción es del 99% para los jóvenes agricultores (código de reducción: JA).

- Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y AJD 

    En el ámbito de las transmisiones patrimoniales se introducen las bonificaciones fiscales siguientes:

•    Bonificación del 95% por la transmisión de bienes inmuebles de naturaleza rústica integrados en una explotación agraria cuando el adquirente es un agricultor profesional (código de bonificación: 458).

•    Bonificación del 99% por la transmisión de bienes inmuebles de naturaleza rústica integrados en una explotación agraria cuando el adquirente es un agricultor profesional joven agricultor (código de bonificación: 459).

•    Bonificación del 95% por expedientes de dominio, actas de notoriedad y actos complementarios de documentos públicos referidos a fincas integradas en explotaciones agrarias (código de bonificación: 460).

    En la modalidad de actos jurídicos documentados se introduce una bonificación del 90% de las escrituras públicas de división, segregación, agregación y agrupación de fincas integradas en explotaciones agrarias (código de bonificación: 461).

Podéis ampliar esta información en la sede electrónica de la ATC.

Esperamos que esta información os sea de utilidad.

Cordialmente,

SECRETARÍA TÉCNICA





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